En general los whiskies son tipificados por el/los tipos de cereal destilados y añejados, pero también por algunas otras características que detallaré en cada caso en particular. En este nuevo capítulo de la serie hablaré de los tipos de whisky de Ecuador y Colombia.

Whisky en Ecuador
La normativa de Ecuador define whisky como el producto obtenido por destilación de mostos fermentados provenientes de maltas de cereales, sometido a un periodo de añejamiento no inferior a 3 años en barriles de roble, de tal forma que al final posea el gusto y el aroma que le son característicos.
Los tipos de whiskys son:
Whisky canadiense: Es la bebida alcohólica producida y originaria de Canadá, bajo la legislación canadiense y certificada por el organismo competente de dicho país. También puede denominarse Canadian Whisky.
Whisky escocés: Es la bebida alcohólica producida y originaria de Escocia, bajo la legislación del Reino Unido y certificada por el organismo competente de dicho país. También puede denominarse Scotch Whisky.
Whisky irlandés: Es la bebida producida y originaria de Irlanda, bajo su legislación y certificada por el organismo competente de dicho país.
Whisky Bourbon. Es la bebida alcohólica obtenida mediante destilación de mostos calificados y fermentados principalmente de maíz y cebada o centeno, añejada por lo menos 3 años en barriles de roble. También puede denominarse Whiskey.
Whisky blended: Es el whisky obtenido con mezcla de alcohol etílico de materias diferentes a la malta utilizada.

Whisky en Colombia
El whisky en Colombia, es la bebida alcohólica obtenida de la destilación de caldos de cereales malteados o no, en presencia o no de granos enteros de otros cereales, que haya sido sacarificada por la diastasa de malta que contiene, con o sin otras enzimas naturales y fermentada por la acción de la levadura, mediante una o varias destilaciones a menos de 94.8% ABV, de forma que el destilado tenga el aroma y el sabor derivado de las materias primas utilizadas, envejecidas, al menos durante tres (3) años en recipientes de roble. El grado alcohólico mínimo del whisky debe ser de 40% ABV.
Las designaciones Bourbon, Tennese, Corn Whiskey, Rye Whiskey, Straight Whiskey, Irish Whiskey se reservarán para designar el Whisky de este tipo de procedencia estadounidense e irlandés.
Los procesos de fermentación deben realizarse a partir de materias primas de origen agrícola, bajo condiciones controladas que eviten la proliferación de microorganismos diferentes a las levaduras propias de la fermentación alcohólica.
Para la hidratación debe usarse agua potable; esta podrá ser destilada, desmineralizada y suavizada.
Prácticas no permitidas en la elaboración del whisky:
1. La adición de alcohol etílico de cualquier calidad u origen, durante y después del proceso de añejamiento. Se deben someter a añejamiento solamente, alcohol o alcoholes procedentes de malta o cereales.
2. La práctica física o química tendiente a acelerar, sustituir, imitar o simular el añejamiento natural en recipientes de roble.
3. La adición de esencias naturales o artificiales (sintéticas) o de bonificadores parcial o totalmente artificiales o sintéticos que modifiquen las características organolépticas del whisky.
4. Cualquier práctica tendiente a acelerar o simular el añejamiento natural.
5. La adición directa de congéneres.
6. El contacto durante su elaboración, almacenamiento o transporte con recipientes de hierro desnudo u otro material que lo contamine o modifique.
7. Los taninos presentes en el whisky deben su presencia única y exclusivamente a los procesos propios permitidos en la elaboración del producto. Se prohíbe la adición de taninos de cualquiera otra fuente.
8. La adición de edulcorantes artificiales a todos los productos objeto del presente reglamento técnico, así como de saponinas o sustancias espumantes.